C贸digo 脡tico

Introducci贸n

El presente C贸digo 脡tico (en adelante, el "C贸digo") define los principios que deben seguir las entidades que operan con y en inter茅s del Grupo Glorious Property Holdings (en adelante, el "Grupo").

El cumplimiento de este c贸digo es obligatorio.

El C贸digo representa un elemento distintivo e identificativo frente al mercado y a terceros. Cualquier persona que opere, por cualquier motivo, en la Compa帽铆a o colabore con ella deber谩 conocer y compartir este C贸digo.

El presente C贸digo se aplica a los administradores, ejecutivos, empleados y a cualquier colaborador que trabaje para el Grupo, incluso en puestos de fuera de la empresa, en posici贸n de mando, trabajadores destacados o a tiempo parcial, as铆 como a los consultores y a cualquier persona autorizada a acudir a las oficinas del Grupo para realizar estudios o investigaciones.

Art铆culo 1 - Principios Generales

  1. La conducta de los Destinatarios se basa en los principios de lealtad, integridad y profesionalidad, confidencialidad y diligencia.
  2. Lealtad. El Grupo y los Destinatarios se comprometen a lograr una competencia leal, en cumplimiento de la legislaci贸n nacional y de la UE, sabiendo que una competencia virtuosa es un incentivo saludable para los procesos de innovaci贸n y desarrollo, y tambi茅n protege los intereses de los consumidores y de la comunidad.
  3. Integridad. La correcci贸n y la integridad moral son un deber indefectible para todos los Destinatarios, que est谩n obligados a no establecer ninguna relaci贸n privilegiada con terceros, que sea fruto de solicitaciones externas destinadas a obtener ventajas indebidas.

En el desarrollo de sus actividades, los Destinatarios est谩n obligados a no aceptar donaciones, favores o beneficios de cualquier tipo (excepto art铆culos de valor moderado) y, en general, a no aceptar ninguna contrapartida para conceder beneficios a terceros de forma indebida.

Al mismo tiempo, los Destinatarios no realizar谩n donaciones de dinero o bienes a terceros ni ofrecer谩n en ning煤n caso beneficios il铆citos de favores de ning煤n tipo (excepto objetos de valor moderado o regalos de cortes铆a autorizados por la empresa) en relaci贸n con sus actividades en beneficio del grupo.

La convicci贸n inherente de actuar en inter茅s del Grupo no exime a los Destinatarios de la obligaci贸n de observar puntualmente las normas y principios del presente C贸digo y las leyes del lugar donde el Grupo opera.

  1. Profesionalidad. La profesionalidad significa mantener y mejorar continuamente sus competencias profesionales. Para ello, los Destinatarios deber谩n conocer y cumplir la normativa interna aplicable a sus tareas, completar oportunamente las iniciativas de formaci贸n previstas por el Grupo y asegurarse de que disponen de todos los requisitos y certificaciones exigidos por cualquier normativa externa en relaci贸n con su funci贸n. La profesionalidad se desarrolla tambi茅n gracias a un entorno de trabajo estimulante, que valora las competencias individuales, inspirado en la confianza y la lealtad mutuas y basado en el respeto de la personalidad y la dignidad de cada uno. Por ello, los Destinatarios promover谩n un entorno de trabajo abierto al intercambio y a la diversidad, libre de cualquier tipo de discriminaci贸n y represalia.
  2. Confidencialidad. El Grupo se compromete a garantizar la protecci贸n y confidencialidad de los datos personales de los Destinatarios y de los Interesados, en cumplimiento de toda la legislaci贸n aplicable en materia de protecci贸n de datos personales.

Los Destinatarios se obligan a no utilizar la informaci贸n confidencial, conocida a trav茅s de su trabajo, para fines ajenos al ejercicio de dicha actividad, y en todo caso a actuar siempre en cumplimiento de la obligaci贸n de confidencialidad asumida por el Grupo frente a todos los Interesados.

En particular, los Destinatarios est谩n obligados a la m谩xima confidencialidad sobre los documentos aptos para divulgar el know-how, la informaci贸n de transporte, la informaci贸n comercial y las operaciones corporativas.

  1. Diligencia. La relaci贸n entre el Grupo y sus empleados se basa en la confianza mutua: por lo tanto, los empleados est谩n obligados a trabajar para promover los intereses de la empresa, respetando los valores establecidos en este C贸digo.

Los destinatarios deben abstenerse de cualquier actividad que pueda entrar en conflicto con los intereses del Grupo, renunciando a la b煤squeda de intereses personales en conflicto con los intereses leg铆timos de la empresa.

En los casos en los que pueda existir un conflicto de intereses, los Destinatarios deben ponerse en contacto, sin demora, con su superior jer谩rquico para que la empresa pueda evaluar, y eventualmente autorizar, la actividad potencialmente conflictiva.

En los casos de infracci贸n, la Empresa tomar谩 todas las medidas oportunas para poner fin al conflicto de intereses, reserv谩ndose su propia protecci贸n.

  1. Cumplimiento de las leyes. Los Destinatarios de este C贸digo est谩n obligados a evitar cualquier acto que viole o pueda causar la violaci贸n de las disposiciones de la ley y las contenidas en el C贸digo.
  2. Las relaciones entre el Grupo y los destinatarios de este C贸digo se basan en la confianza y la colaboraci贸n.
  3. 9En las relaciones con el exterior, todos los empleados y colaboradores del Grupo est谩n obligados a comportarse de forma que se determine la confianza y la colaboraci贸n con cualquier persona que entre en contacto con el Grupo, mostrando cortes铆a y disponibilidad en la comunicaci贸n con el p煤blico y atendiendo cualquier asunto de forma eficaz y r谩pida.
  4. El Grupo respeta las culturas de los pa铆ses en los que opera y pretende contribuir, gracias a la actividad empresarial desarrollada, a su desarrollo econ贸mico y social. 11. Adhiri茅ndose a los diez principios del Pacto Mundial promovido por las Naciones Unidas, el Grupo comparte, apoya y aplica principios fundamentales en el 谩mbito de los derechos humanos, las normas laborales la protecci贸n del medio ambiente y la lucha contra la corrupci贸n y la evasi贸n fiscal, con el objetivo de crear un marco econ贸mico, social y medioambiental que promueva una econom铆a sana y sostenible. Por ello, los destinatarios deber谩n tener siempre en cuenta las repercusiones econ贸micas, sociales y medioambientales que puedan tener sus decisiones empresariales y las consecuencias que sus actividades, incluso las personales, puedan tener sobre el nombre y la reputaci贸n del Grupo.

Art铆culo 2 - Destinatarios Del C贸digo Y Su Obligaci贸n

  1. Los Destinatarios de este C贸digo se dividen en Destinatarios Internos y Destinatarios Externos.
  2. Destinatarios Internos: empleados, en posici贸n de mando, en comisi贸n de servicio o fuera de ella o colaboradores internos con cualquier tipo de contrato o encargo y por cualquier motivo.
  3. Destinatarios externos: los colaboradores y socios (cualquiera que sea su denominaci贸n y/u organizaci贸n) con cualquier tipo de contrato o encargo y por cualquier motivo. En particular, los colaboradores de los Destinatarios externos, de los que 茅stos se sirven para cumplir sus obligaciones con el Grupo, se consideran responsables solidarios y deben respetar el presente C贸digo.
  4. En el momento de la toma de posesi贸n del servicio o de la firma del contrato u otro contrato de colaboraci贸n o asociaci贸n, cualquiera que sea su denominaci贸n o calificaci贸n, los Destinatarios del C贸digo se comprometen a respetar las normas del presente C贸digo.
  5. Los Destinatarios ejercen sus funciones de conformidad con la ley, persiguiendo los intereses del Grupo, sin abusar del cargo o de las facultades de las que son titulares, respetando adem谩s los principios de integridad, equidad, buena fe, proporcionalidad, objetividad, transparencia, imparcialidad y razonabilidad.
  6. Los beneficiarios se comprometen a actuar y asumir una posici贸n de independencia e imparcialidad, absteni茅ndose en caso de conflicto de intereses. Deber谩n desempe帽ar sus funciones orientando su trabajo hacia la m谩xima rentabilidad, eficacia, eficiencia y transparencia. La gesti贸n de los recursos sociales para el desarrollo de la actividad que ostentan o tienen encomendada, deber谩 seguir una l贸gica de contenci贸n de costes, que no afectar谩 en ning煤n caso a la calidad de los resultados.
  7. Los beneficiarios realizan su trabajo con el compromiso necesario para el buen desarrollo de sus tareas. Su comportamiento se basa en la m谩xima cooperaci贸n entre las partes que intervienen de alguna manera en las actividades del Grupo.
  8. Los Destinatarios informar谩n a su responsable de cualquier hecho en el que se hayan visto directamente implicados y que pueda repercutir en el servicio o que est茅 relacionado con situaciones de peligro o de da帽o a la integridad f铆sica o psicol贸gica para ellos o para otros o con el riesgo de incumplimiento del C贸digo y/o de las leyes del lugar en el que opera el grupo.
  9. Los destinatarios tambi茅n se comprometen a respetar las comunicaciones y directrices de los directivos de la empresa y cualquier otro acto interno que les sea aplicable dirigido a la regulaci贸n de la relaci贸n laboral o de colaboraci贸n a cualquier t铆tulo y a la organizaci贸n de la oficina en la que trabajan, incluidas las 贸rdenes escritas y orales del directivo responsable de su departamento.

Art铆culo 3 - Obligaciones De Comportamiento Hacia Los Usuarios Internos Y Externos

  1. Los Destinatarios garantizan la escucha de las necesidades y exigencias de los interesados, adoptando un comportamiento basado en la legalidad, la profesionalidad, la competencia, la rapidez, la cortes铆a, la transparencia de su trabajo, la equidad y la imparcialidad.
  2. Los Destinatarios act煤an de acuerdo con las leyes aplicables del lugar en el que opera el Grupo, contribuyendo a la realizaci贸n de la tarea asignada, sin dejarse influir por fuerzas pol铆ticas, grupos de presi贸n o cualquiera que intente influir en sus acciones, llevan a cabo sus tareas en el inter茅s social del Grupo y evitan cualquier discriminaci贸n por raz贸n de sexo, raza o etnia, nacionalidad, edad, opiniones pol铆ticas, creencias religiosas o estado de salud del interlocutor.
  3. Los destinatarios no aceptar谩n, ni realizar谩n para s铆 mismos o para otros, informes, solicitudes en ning煤n caso dirigidas a afectar al desarrollo normal de las actividades y se abstendr谩n de solicitar recomendaciones externas o internas para conseguir privilegios personales o sociales en su trabajo (incluso fuera del entorno laboral).聽
  4. En sus relaciones con los colegas, colaboradores y socios, los Destinatarios del C贸digo velan constantemente por la m谩xima colaboraci贸n, respetando los cargos y las responsabilidades institucionales de cada uno; evitan actitudes y comportamientos que puedan perturbar el necesario clima de serenidad y armon铆a dentro de las oficinas; se abstienen de comportamientos que puedan da帽ar la imagen y la sensibilidad de otro empleado, incluso mediante la circulaci贸n de informaci贸n relativa a la esfera privada de la persona, no relevante, por tanto, para el servicio prestado por 茅sta para el Grupo.
  5. Sin perjuicio de las normas sobre el secreto profesional y en la medida prevista por la legislaci贸n del lugar en el que opera el Grupo, los destinatarios del C贸digo no utilizar谩n la informaci贸n confidencial de la que hayan tenido conocimiento en el ejercicio de su trabajo. En particular, se proh铆be la divulgaci贸n a terceros de la informaci贸n sobre las decisiones a tomar y las medidas relativas a los procedimientos en curso antes de que se hayan decidido oficialmente. El personal, incluidos los directivos, que, en nombre del Grupo, mantenga relaciones con otros sujetos, incluso institucionales, est谩 obligado a no informar y a no utilizar, fuera del mandato de representaci贸n recibido, la informaci贸n adquirida como resultado de dichas relaciones. Los Destinatarios se abstendr谩n de hacer declaraciones p煤blicas que puedan perjudicar al Grupo. Los Destinatarios que participen en reuniones p煤blicas, publiquen escritos o concedan entrevistas sobre temas que afecten al Grupo, indicando su pertenencia al mismo. En ausencia de un mandato espec铆fico, deber谩n informar previamente al Grupo y especificar que las opiniones expresadas son de car谩cter personal. Cuando el contenido del escrito o de la intervenci贸n tenga una gran resonancia en la opini贸n p煤blica y sea de importancia estrat茅gica y tenga una fuerte repercusi贸n, el texto que se publique o divulgue deber谩 someterse a la atenci贸n del Grupo.

Art铆culo 4 - Prevenci贸n De La Corrupci贸n

  1. Los directivos velar谩n por que sus empleados cumplan las medidas necesarias para la prevenci贸n de delitos.
  2. Todos los empleados cooperan con el responsable de la prevenci贸n de la corrupci贸n informando, a trav茅s de su superior jer谩rquico: a) de las dificultades encontradas en el cumplimiento de los requisitos de las leyes en las que opera el Grupo; b) de la detecci贸n directa de situaciones de riesgo adicionales no reguladas espec铆ficamente en la legislaci贸n nacional mencionada.
  3. Los Destinatarios del C贸digo, sin perjuicio de la obligaci贸n de informar a la Autoridad Judicial, de Supervisi贸n y/o de Garant铆a (esta 煤ltima siempre y cuando est茅 prevista), informan al directivo responsable de cualquier situaci贸n ilegal dentro del Grupo que haya llegado a su conocimiento.
  4. El gestor responsable del empleado que haya denunciado y/o informado de situaciones il铆citas en el Grupo o en la actuaci贸n de los destinatarios internos o externos de la estructura social del Grupo, verificar谩 la exactitud y veracidad de la informaci贸n conocida realizando cualquier acci贸n para proteger los intereses y la reputaci贸n del Grupo y de sus empleados, colaboradores y Socios institucionales que utilice en el ejercicio de sus actividades.
  5. En los procedimientos disciplinarios, la identidad del denunciante no podr谩 ser revelada sin su consentimiento, siempre que la reclamaci贸n de la acusaci贸n disciplinaria se base en conclusiones separadas y adicionales en relaci贸n con el informe, que el Grupo tiene la carga de asumir.
  6. El Grupo adquiere y mantiene sus relaciones comerciales exclusivamente sobre la base de su excelente oferta de servicios y las necesidades espec铆ficas del cliente rechazando cualquier conducta que est茅 o pueda parecer dirigida a obtener u ofrecer ventajas indebidas.
  7. Los destinatarios est谩n obligados a: a) no ofrecer ni prometer, ni siquiera indirectamente, dinero u otros beneficios para obtener una ventaja indebida o injusta; b) no aceptar dinero u otros beneficios para incumplir sus deberes para con el Grupo.
  8. La noci贸n de otros beneficios incluye cualquier bien que tenga valor, invitaciones, donaciones, regalos, gastos de viaje/alojamiento, honorarios, oportunidades de empleo, colaboraci贸n o pr谩cticas.
  9. Los pagos de facilitaci贸n, realizados para acelerar la finalizaci贸n de un proceso administrativo, sin afectar su resultado, tambi茅n est谩n prohibidos.
  10. El control de los riesgos de corrupci贸n tambi茅n se garantiza dentro de los procesos de verificaci贸n y selecci贸n adecuados de los empleados del Grupo.
  11. En particular, para evitar la implicaci贸n indirecta en posibles actos il铆citos cometidos por terceros distintos del Grupo, la selecci贸n de intermediarios, Interesados y agentes prev茅 el an谩lisis reputacional de estos sujetos.
  12. Por 煤ltimo, en la estructuraci贸n y realizaci贸n de las operaciones y en la conclusi贸n de los acuerdos comerciales, los Destinatarios deben evaluar los posibles riesgos jur铆dicos y de reputaci贸n relacionados con la corrupci贸n, teniendo en cuenta tambi茅n la reputaci贸n y el pa铆s de establecimiento de todos los sujetos pertinentes.
  13. El intercambio de regalos en determinadas ocasiones es una pr谩ctica habitual, que puede reforzar o aportar un valor a帽adido a las relaciones comerciales. Deben evitarse los regalos que, por sus caracter铆sticas o modalidades, puedan parecer hechos para influir indebidamente en la independencia de criterio y conducta de las partes implicadas, exponiendo al Grupo al riesgo de violaci贸n de la legislaci贸n aplicable en materia de corrupci贸n.
  14. Se prev茅n procesos espec铆ficos de autorizaci贸n interna en relaci贸n con los regalos que superen determinados umbrales de valor o que puedan presentar perfiles de conformidad tras las pruebas de autoevaluaci贸n.
  15. Se debe prestar especial atenci贸n, en particular, a los regalos de colaboradores internos a entidades p煤blicas.

Art铆culo 5 - Relaci贸n Con Los Clientes

  1. El Grupo se gana la confianza de los clientes procurando proteger sus mejores intereses a medio y largo plazo e intentando anticiparse a sus necesidades con una oferta de productos y servicios excelentes. Todas las relaciones con los clientes se llevan a cabo seg煤n los principios generales de diligencia, equidad y profesionalidad.
  2. Los Destinatarios deben proporcionar a los clientes potenciales una informaci贸n clara, correcta y completa sobre los productos y servicios ofrecidos, de modo que el cliente pueda tomar decisiones con conocimiento de causa. Por lo tanto, los Destinatarios deben conocer en profundidad los productos y servicios que pueden ofrecer. La informaci贸n, que se facilitar谩 con la debida antelaci贸n respecto a la celebraci贸n del contrato, debe permitir al Cliente comprender claramente las caracter铆sticas del producto y/o servicio, el riesgo, el precio y sus componentes, las prestaciones previstas y las obligaciones derivadas del C贸digo de Conducta adoptado por el Grupo.聽
  3. La informaci贸n contenida en la documentaci贸n de referencia debe ser entregada con suficiente antelaci贸n a la firma del contrato, para que el cliente pueda tomar una decisi贸n informada, comparando varias alternativas.
  4. Los Destinatarios no deben proporcionar informaci贸n que no se corresponda con la verdadera o que sea capaz de enga帽ar a los potenciales clientes sobre las caracter铆sticas del producto/servicio.聽
  5. En el trato con los Clientes, los Destinatarios deben utilizar los canales oficiales y, en concreto, el correo electr贸nico que el Grupo pone a su disposici贸n en el dominio @creditglorious.com.
  6. En el trato con los Clientes a trav茅s del correo electr贸nico, los Destinatarios deber谩n mantener en la firma todos los datos del Grupo que 茅ste les facilite y en la forma indicada y ello tambi茅n con el fin de reforzar la credibilidad del colaborador y la relaci贸n entre el mismo y el Grupo.
  7. Los Destinatarios deber谩n conocer en profundidad las caracter铆sticas de los clientes y los objetivos, a corto y largo plazo, que persiguen, con el fin de ofrecer siempre los mejores servicios y productos para satisfacerlos. Los Destinatarios tambi茅n deber谩n respetar el mercado de referencia y la estrategia de distribuci贸n definidos en el momento de la creaci贸n. En ning煤n caso los Destinatarios podr谩n ofrecer productos o servicios que no sean adecuados para sus clientes.
  8. A la hora de asesorar a los clientes, los Destinatarios deben recopilar y evaluar informaci贸n suficiente para ofrecer recomendaciones adecuadas a los conocimientos y experiencia espec铆ficos de los clientes, su situaci贸n financiera (incluida la capacidad de soportar p茅rdidas y la tolerancia al riesgo) y sus objetivos de inversi贸n. En cualquier caso, no es posible recomendar al cliente operaciones inadecuadas.
  9. No se debe sacrificar la protecci贸n de los intereses del cliente para conseguir una mayor rentabilidad econ贸mica.
  10. Durante la relaci贸n con un cliente, los Destinatarios deben estar disponibles para responder de forma clara y r谩pida a cualquier solicitud de aclaraci贸n o informaci贸n adicional de los clientes sobre los productos/servicios adquiridos. Si un cliente no est谩 satisfecho con el producto/servicio y presenta una queja, incluso informal, los Destinatarios deber谩n informar inmediatamente al Grupo y seguir las instrucciones recibidas. Las quejas ser谩n tratadas con sensibilidad y profesionalidad, consider谩ndolas una oportunidad para mejorar y aumentar la confianza y satisfacci贸n de los clientes.
  11. Los Destinatarios deben ejercer todo el control posible para que los proveedores y clientes tambi茅n puedan respetar los principios 茅ticos fundamentales establecidos en este C贸digo.

Art铆culo 6 - Relaciones Con Terceros

  1. Los Destinatarios no tienen poder para obligar al Grupo y actuar en nombre y por cuenta del mismo, salvo autorizaci贸n expresa por escrito.

Cualquier responsabilidad asumida por un Destinatario en nombre y por cuenta del Grupo, en ausencia de una autorizaci贸n previa por escrito o de una ratificaci贸n posterior por parte del Grupo, se considerar谩 asumida personalmente por el Destinatario, sin ninguna consecuencia para el Grupo.

  1. Las relaciones con la Autoridad Judicial, las Autoridades de Garant铆a y Supervisi贸n y las Entidades P煤blicas deber谩n estar marcadas por la m谩xima claridad, transparencia y colaboraci贸n, con pleno respeto a la ley y de acuerdo con los m谩s altos est谩ndares morales y profesionales.
  2. Los destinatarios, previa autorizaci贸n expresa, no podr谩n relacionarse en nombre y por cuenta del Grupo con los sujetos indicados en el apartado 1.
  3. En sus relaciones con los sujetos indicados en el apartado 1, los Destinatarios autorizados se ajustan a los m谩s altos niveles de correcci贸n e integridad, absteni茅ndose de cualquier forma de presi贸n, expl铆cita o velada, dirigida a obtener cualquier ventaja indebida para s铆 mismos o para el Grupo. En este sentido, los Destinatarios autorizados deber谩n observar estrictamente las disposiciones del presente C贸digo, as铆 como, de forma m谩s general, las directrices emanadas de la direcci贸n del Grupo. management del Gruppo.
  4. Los Destinatarios deber谩n abstenerse de ejercer cualquier tipo de presi贸n directa, indirecta o supuesta sobre pol铆ticos o representantes sindicales.
  5. Los Destinatarios se relacionan con terceros con cortes铆a, competencia y profesionalidad, con la convicci贸n de que de su conducta depende la protecci贸n de la imagen y la reputaci贸n del Grupo y, en consecuencia, la consecuci贸n de los objetivos de la empresa.
  6. En particular, los Destinatarios deben abstenerse de cualquier forma de comportamiento desleal o enga帽oso que pueda llevar a terceros ajenos al Grupo a basarse en hechos o circunstancias infundadas.

Art铆culo 7 - Gesti贸n Del Riesgo De Reputaci贸n

  1. La excelente reputaci贸n del Grupo, basada en el respeto de sus valores fundamentales, es un activo extremadamente valioso, que hay que defender, ya que cualquier da帽o podr铆a tener consecuencias duraderas y dif铆ciles de arreglar. Para ello, los Destinatarios deben considerar siempre el impacto de su comportamiento en la reputaci贸n del Grupo, tambi茅n en funci贸n de los riesgos asociados a los clientes, a las contrapartes y a las operaciones concretas.
  2. En el curso del informe, los Destinatarios tambi茅n est谩n obligados a comunicar r谩pidamente al Grupo toda la informaci贸n actualizada sobre los clientes que pueda tener un impacto en la reputaci贸n del Grupo.
  3. Los Destinatarios deben prestar mucha atenci贸n a las expresiones contenidas en las comunicaciones y documentos, incluidos los documentos internos.
  4. Los destinatarios deben evitar todos los comportamientos que puedan poner en duda su integridad y honestidad, incluso fuera del trabajo, ya que pueden tener un impacto en la reputaci贸n del Grupo. Los clientes, las contrapartes y el p煤blico pueden percibir, de hecho, a los Destinatarios como representantes del Grupo incluso cuando no est谩n desempe帽ando su trabajo.
  5. Los Destinatarios deben informar inmediatamente al Grupo si tienen conocimiento o est谩n implicados en un hecho que pueda suponer un riesgo para la reputaci贸n del Grupo y cumplir con las instrucciones recibidas. La notificaci贸n es necesaria, en particular, si un Destinatario, con referencia a la actividad realizada en favor del Grupo: a) se ve implicado en un procedimiento judicial o sancionador; b) se ve implicado en una investigaci贸n, inspecci贸n o solicitud de la autoridad; c) recibe una queja de un cliente o de un tercero.

Art铆culo 8 - Competencias Del Grupo Y R茅gimen Sancionador

  1. El sistema de control interno est谩 orientado a la adopci贸n de herramientas y metodolog铆as destinadas a contrarrestar los posibles riesgos empresariales, con el fin de garantizar el cumplimiento no s贸lo de las leyes, sino tambi茅n de las disposiciones y procedimientos internos. De hecho, la violaci贸n de los principios establecidos en el C贸digo y en los procedimientos indicados en los controles internos compromete la relaci贸n fiduciaria entre el Grupo y sus directivos, empleados, consultores, colaboradores de diversas formas, clientes, proveedores. Por lo tanto, estas violaciones ser谩n inmediatamente perseguidas por el Grupo de manera eficaz y oportuna, mediante la adopci贸n de medidas disciplinarias adecuadas y proporcionadas.
  2. Si el Grupo tiene una duda fundada, deducida tambi茅n de la documentaci贸n que obra en su poder y/o de la actitud o el comportamiento de uno de los Destinatarios, de que su propio directivo, colaborador interno y/o externo, socio est谩 implicado o puede estarlo en alguna actividad ilegal, el Grupo tiene derecho a rescindir inmediatamente el contrato y a tomar las medidas oportunas, incluida la informaci贸n a la Autoridad Judicial, para proteger sus intereses y su reputaci贸n.
  3. Las conductas contrarias al C贸digo constituyen a) o un incumplimiento grave para los trabajadores (empleados y directivos), con sanciones, aplicadas en funci贸n de la gravedad (amonestaci贸n verbal, amonestaci贸n escrita, multa no superior a tres horas de salario, suspensi贸n de empleo y sueldo hasta tres d铆as laborables, despido por causa o motivo justificado); en el caso de que est茅 pendiente el enjuiciamiento o la ejecuci贸n de una medida restrictiva de la libertad personal del empleado, antes de adoptar la medida disciplinaria, podr谩 adoptarse la sanci贸n de suspensi贸n de empleo y sueldo, por la duraci贸n correspondiente al resultado del enjuiciamiento o hasta el final de la duraci贸n de la medida restrictiva de la libertad personal b) causa justificada de revocaci贸n del mandato de los administradores c) o causa de cese inmediato de la relaci贸n, en los casos m谩s graves, para los colaboradores externos y parasubordinados; d) o causa de cese inmediato de la relaci贸n, en los casos m谩s graves, para los proveedores, contratistas y subcontratistas.
  4. Por la violaci贸n de una o varias normas de este C贸digo, los Destinatarios Externos est谩n sujetos a las siguientes sanciones: si el Socio u otra entidad nombrada y vinculada por un contrato de colaboraci贸n con el Grupo, 茅ste, a su discreci贸n, puede reducir proporcionalmente la remuneraci贸n debida, desde un m铆nimo del 10% hasta un m谩ximo del 50% en el caso de negligencia leve; si, por el contrario, se trata de una conducta dolosa o negligencia grave, puede rescindir inmediatamente el contrato, reduciendo en un 100% la compensaci贸n debida al colaborador.聽
  5. En cualquier caso, el Grupo se reserva el derecho de ejercer todas las acciones que considere oportunas para el resarcimiento de los da帽os sufridos como consecuencia de la conducta infractora de este C贸digo y de la normativa nacional.

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